ARTÍCULO 5.18.-Todas las inscripciones y retiros estarán bajo la supervisión de los Árbitros, los cuales podrán, sin previo aviso, ordenar el rechazo de las solicitudes de inscripción hechas por cualquier persona o la transferencia de las mismas, expresando claramente y por escrito las causas que motivaron tal determinación.
Structure Reglamento Nacional de Carreras de Galgos