Artículo 9.
Corresponde a la Sala Superior, en exclusiva, emitir los Acuerdos Generales necesarios para el adecuado funcionamiento del Tribunal Electoral en las materias de su competencia. Para ello se sujetará a lo siguiente:
I. Cualquiera de las o los Magistrados podrá someter a la consideración de la Sala Superior la emisión del Acuerdo General respectivo;
II. Los proyectos de Acuerdos Generales deberán remitirse a la Comisión o Comité correspondiente, quien emitirá el dictamen respectivo; y
III. La Sala Superior aprobará, modificará o rechazará el proyecto de Acuerdo General, según lo considere.
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación