Artículo 221.
La persona titular de la Dirección General de Sistemas tendrá las facultades siguientes:
I. Elaborar y conducir el Programa Institucional de Desarrollo Informático Anual, a fin de satisfacer las necesidades que en este ámbito demandan las distintas áreas del Tribunal Electoral;
II. Dirigir la formulación e integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, Programa Anual de Trabajo y del Programa Anual de Ejecución de la Dirección General, en concordancia con los recursos presupuestales autorizados y las necesidades detectadas y vigilar su aplicación, informando a la persona titular de la Secretaría Administrativa permanentemente de los resultados y avances obtenidos;
III. Proponer el establecimiento de políticas y lineamientos del desarrollo Informático así como los estándares para la Infraestructura y sistemas informáticos;
IV. Establecer las políticas y lineamientos en materia de Seguridad Informática, coadyuvando a la implantación de las mismas dentro del Tribunal Electoral;
V. Dirigir y controlar conforme a la normativa establecida los servicios y accesos a los sistemas de la red mundial de Internet;
VI. Proporcionar asistencia técnica, asesoría y capacitación sobre el manejo y operación de las herramientas informáticas asignadas a las distintas áreas del Tribunal Electoral;
VII. Proporcionar mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos de cómputo propiedad del Tribunal Electoral;
VIII. Vigilar que se cumplan las políticas de desarrollo informático, servicios y accesos a las redes Intranet e Internet, de mantenimiento, asesoría, capacitación y seguridad informática vigentes;
IX. Emitir dictámenes técnicos sobre el desarrollo, implantación o adquisición de equipos, servicios informáticos y telecomunicaciones;
X. Desarrollar y dar mantenimiento técnico a los portales Web del Tribunal Electoral conforme a sus necesidades;
XI. Coadyuvar con la Coordinación de Información, Documentación y Transparencia, para establecer los estándares tecnológicos en materia de digitalización, almacenamiento y consulta de los acervos documentales del Tribunal Electoral;
XII. Colaborar con la Coordinación de Comunicación Social y la Coordinación de Información, Documentación y Transparencia en el apoyo de aspectos técnicos y actualización de la página electrónica del Tribunal Electoral; y para ello integrará la junta editorial de la página de Intranet e Internet; y
XIII. Coadyuvar con la Visitaduría Judicial o con la Contraloría Interna, en el ámbito de sus facultades.
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación