Artículo 166.
La Comisión de Administración velará, en todo momento y en el ámbito de su competencia, por la autonomía del Tribunal Electoral y por la independencia e imparcialidad de sus integrantes.
Contará con una Secretaría Administrativa, cuya persona titular fungirá como Secretario o Secretaria de la Comisión, así como con los órganos auxiliares que considere pertinentes.
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación