Artículo 65.
Los concursos de oposición para el ingreso y promoción del sistema de carrera judicial del Tribunal Electoral a que se refiere el artículo anterior, se divulgarán oportuna y ampliamente a través de las convocatorias correspondientes.
Las diversas etapas de los concursos se desarrollarán en sesiones públicas, garantizando la imparcialidad, objetividad y transparencia de los procesos respectivos. Los resultados se publicarán con la puntuación obtenida por cada uno de los participantes.
LIBRO SEGUNDO
Del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y su Procedimiento
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación