Artículo 181.
La Contraloría Interna es el órgano auxiliar de la Comisión de Administración encargado de vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas en materia administrativa, a través de la realización de auditorías y revisiones; para tal efecto, contará con independencia técnica, autonomía de gestión y la estructura necesaria para el desempeño de sus funciones.
Sin perjuicio de lo señalado en el artículo 173 del presente Reglamento, los servidores públicos encargados del control y evaluación, auditoría y responsabilidades, deberán cumplir con un proceso de capacitación y su desempeño será evaluado periódicamente.
La Comisión emitirá los lineamientos que contendrán los procesos de designación, certificación y evaluación del desempeño.
Para garantizar su independencia de todas aquellas acciones que por su naturaleza, sean sujetas a su vigilancia y fiscalización, se abstendrá de realizar funciones operativas distintas a las de su propio funcionamiento interno.
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Artículo 181