Artículo 45.
El Secretariado de Tesis tendrá las facultades siguientes:
I. Elaborar los proyectos de tesis de los criterios jurídicos establecidos por la Sala Superior y, previa aprobación de la o el Magistrado de su adscripción, someterlos a consideración de la Sala Superior por conducto de la Coordinación de Jurisprudencia, Seguimiento y Consulta;
II. Coadyuvar con la Coordinación de Jurisprudencia, Seguimiento y Consulta para la compilación y sistematización de tesis obligatorias, tesis relevantes y jurisprudencia que emita la Sala Superior;
III. Informar a la o el Magistrado de su adscripción, sobre las tesis relevantes que contengan cambios de criterio de la Sala Superior;
IV. Informar a la o el Magistrado de su adscripción, de las contradicciones de criterios que se presenten;
V. Coadyuvar en la formulación de los anteproyectos de acuerdos, resoluciones y sentencias, conforme a los lineamientos establecidos por la o el Magistrado correspondiente; y
VI. Las demás que les confieran las disposiciones aplicables.
La participación del Secretariado de Tesis en las actividades de capacitación profesional y académica en materia electoral, debe ser constante. Dichas actividades contarán con valor curricular para efecto de la carrera judicial.
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Artículo 45