Artículo 213.
La persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos tendrá las facultades siguientes:
I. Planear, organizar, dirigir y evaluar el funcionamiento de las áreas de apoyo de su adscripción, de acuerdo con las disposiciones aplicables;
II. Atender los requerimientos prevalecientes en el Tribunal Electoral en el ámbito de su competencia;
III. Dar seguimiento a la instrumentación de las políticas institucionales definidas para la planeación estratégica y los programas de trabajo de sus áreas de apoyo;
IV. Coordinar, en el ámbito de su competencia la integración del Anteproyecto de Presupuesto Anual del Capítulo 1000 "Servicios Personales" y demás partidas que administra, así como controlar y supervisar su ejercicio;
V. Preparar y presentar los asuntos a la Comisión de Administración para la autorización del tabulador de sueldos y prestaciones; la plantilla de personal; el calendario de pagos; el catálogo de puestos; y el manual de remuneraciones, prestaciones y demás beneficios de las y los servidores públicos del Tribunal Electoral;
VI. Autorizar el pago de nóminas ordinarias y extraordinarias; de solicitudes de recursos financieros; de hojas de servicio; de constancias de percepciones y antigüedad; de formatos de movimientos de personal; de oficios de reembolso de seguros; de solicitudes de vales de alimentos; de apoyos económicos de guarderías y de anteojos; para certificación de préstamos, avisos de alta, baja, enteros del ISSSTE, SAR, FOVISSSTE, del ISR sobre nóminas; y demás trámites relacionados con la operación de recursos humanos;
VII. Someter a la autorización de la persona titular de la Secretaría Administrativa, dentro del ámbito de su competencia, las contrataciones de nuevos ingresos, reingresos, promociones y cambios de plaza y adscripción;
VIII. Suscribir y verificar la aplicación de los contratos de prestación de servicios en materia de comedor, vales de alimentos, servicio médico subrogado, pólizas de seguros y centro deportivo;
IX. Asegurar la oportuna atención de los requerimientos de las áreas que conforman al Tribunal Electoral, en materia de Recursos Humanos en concordancia con los recursos presupuestales autorizados;
X. Dirigir y vigilar la aplicación de las políticas de selección, movimientos, horarios de labores y control de asistencia de personal;
XI. Coordinar con las diversas áreas, en el ámbito de su competencia, la elaboración de la estructura organizacional del Tribunal Electoral, la definición de los niveles de puestos, las bases para la elaboración de tabuladores, política salarial y para el otorgamiento de incentivos; las políticas de promociones; los lineamientos de selección, reclutamiento y contratación; los criterios de separación; los indicadores de evaluación de desempeño y las prestaciones económicas establecidas en beneficio de los trabajadores, para su presentación y aprobación de las instancias correspondientes;
XII. Verificar la aplicación del principio de igualdad de oportunidades en los procesos de selección, contratación, y promoción del personal que labora en el Tribunal Electoral, con base en criterios de capacidad, mérito e igualdad de género;
XIII. Proponer y evaluar los sistemas de información técnica, estadística y administrativa que generan las áreas dependientes de la Coordinación para sustentar y fortalecer los procesos de toma de decisiones y definición de los planes estratégicos;
XIV. Verificar el pago de remuneraciones y el otorgamiento de prestaciones al personal del Tribunal Electoral para que se realicen en los términos y fechas establecidas por las disposiciones vigentes;
XV. Participar en los Comités que le instruya la Secretaría Administrativa; y
XVI. Elaborar constancias, efectuar cotejos, expedir todo tipo de certificaciones relacionadas con los expedientes del personal que labore en el Tribunal Electoral, así como de todo documento que se incorpore al mismo.
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación