Artículo 170.
La Secretaría de la Comisión de Administración tendrá las facultades siguientes:
(REFORMADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
I. Elaborar y remitir las convocatorias a sesiones ordinarias y extraordinarias a los miembros de la Comisión de Administración, con al menos cinco días hábiles de anticipación para las primeras y con dos días hábiles previos para las segundas. La documentación relativa deberá enviarse junto con la convocatoria;
II. Auxiliar a la persona titular de la Presidencia de la Comisión de Administración en la preparación del orden del día de las sesiones;
III. Coordinar los servicios de apoyo necesarios para la celebración de las sesiones de la Comisión de Administración;
IV. Suscribir, conjuntamente con la Presidencia de la Comisión de Administración, las actas aprobadas de las sesiones y llevar el registro respectivo;
V. Informar a la Comisión de Administración sobre los asuntos de su competencia, y opinar sobre los mismos;
VI. Dar seguimiento a los acuerdos cuya ejecución se le haya encomendado;
VII. Elaborar y someter a la aprobación de la Comisión de Administración, el informe anual de labores que deberá rendir a la misma;
(REFORMADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
VIII. Expedir las copias y certificaciones que soliciten sus integrantes;
(REFORMADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
IX. Brindar el apoyo técnico-jurídico a las diversas áreas del Tribunal Electoral, en todos los asuntos relacionados con la Comisión de Administración;
(ADICIONADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
X. Integrar, analizar y revisar los asuntos que se requieran presentar a consideración de la Comisión de Administración;
(ADICIONADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
XI. Elaborar la propuesta de calendario anual de sesiones ordinarias de la Comisión de Administración y presentarlo a la persona titular de la Presidencia, para su autorización y posterior puesta a consideración de este Órgano;
(ADICIONADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
XII. Establecer un sistema de registro de los acuerdos tomados en las sesiones de la Comisión, que permita dar seguimiento a la ejecución de los mismos, así como el control de las reformas y adiciones que mediante éstos se aprueben;
(ADICIONADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
XIII. Mantener actualizada la información respecto de los acuerdos emitidos y su vigencia;
(ADICIONADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
XIV. Elaborar las constancias que las o los titulares de las áreas requieran en ejercicio de sus facultades, respecto de los acuerdos emitidos por la Comisión de Administración;
(ADICIONADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
XV. Rendir periódicamente informes a la Presidencia y a la Comisión, respecto al seguimiento del cumplimiento de los acuerdos emitidos;
(ADICIONADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
XVI. Informar a la Comisión de Administración de la ausencia de más de quince días de la o el Visitador, a efecto de que designe a la persona que deberá hacerse cargo del despacho; y
(ADICIONADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
XVII. Las demás que le confieran la Comisión de Administración, su Presidente y las disposiciones aplicables.
SECCIÓN 3ª
De la Coordinación Técnica Administrativa
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación