Artículo 215.
La persona titular de la Dirección General de Recursos Financieros tendrá las facultades siguientes:
I. Coordinar los procesos para la planeación, administración, asignación, ejecución y control de los recursos financieros autorizados, para el cumplimiento de las tareas asignadas a la Sala Superior y las Salas Regionales;
II. Coordinar, dirigir y avalar los informes o reportes de carácter financiero, presupuestal y programático y del ejercicio del gasto, así como los que le sean requeridos por las autoridades competentes, conforme a los plazos y términos previstos, sin perjuicio de la información que se genere al interior del Tribunal Electoral;
III. Coordinar la elaboración de los informes relativos a la Cuenta de la Hacienda Pública Federal del Tribunal Electoral para la autorización de la persona titular de la Secretaría Administrativa y su posterior envío a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
IV. Revisar, suscribir y autorizar la documentación referente a la presupuestación, finanzas, tesorería, contabilidad y estados financieros del Tribunal Electoral;
(REFORMADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
V. Coordinar la elaboración e integración del Anteproyecto, el Proyecto y el Presupuesto de Egresos del Tribunal Electoral, así como el Programa Anual de Trabajo y del Programa Anual de Ejecución de las áreas que integran la Dirección General de Recursos Financieros e informar a la persona titular de la Secretaría Administrativa de los resultados y avances obtenidos de su aplicación;
VI. Vigilar el ejercicio oportuno del presupuesto del Tribunal Electoral, al igual que el flujo de recursos financieros relativos al mismo, procurando que los calendarios de ejecución del gasto guarden congruencia con los compromisos y metas establecidos en los programas anuales de trabajo y el programa anual de ejecución de adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios y obra pública;
VII. Someter a consideración de la Secretaría Administrativa las recomendaciones a las y los titulares de las áreas jurídicas y administrativas de Sala Superior y de Salas Regionales, para que adopten medidas preventivas y correctivas para ejercer con eficiencia el presupuesto asignado a cada uno de los programas y subprogramas (catálogo de códigos y centros de costo). Asimismo, coordinar el trámite de adecuaciones al presupuesto autorizadas por la persona titular de la Secretaría Administrativa, debiendo informar de cada una de ellas a la Comisión de Administración;
VIII. Coordinar la elaboración de los estados financieros del Tribunal Electoral, de conformidad con los lineamientos que la Comisión de Administración dicte en la materia y en concordancia con los principios básicos de contabilidad y la normativa aplicable;
IX. Coordinar, autorizar y evaluar la contabilización de las operaciones financieras y presupuestales, de conformidad a las reglas y criterios oficiales, normativos y legales, supervisando su correcto archivo y resguardo;
X. Resguardar los testimonios de escrituras públicas, los contratos en general y los expedientes de desincorporación de inmuebles a través del área correspondiente;
XI. Controlar, resguardar y emitir la información generada por la participación del Tribunal Electoral como fideicomitente o beneficiario, en fideicomisos o contratos análogos;
XII. Autorizar el pago de bienes y servicios, previa fiscalización de la documentación justificativa y comprobatoria que le presenten las Unidades Administrativas;
XIII. Coadyuvar en el cumplimiento del pago de las contribuciones, incluyendo las de seguridad social, obligaciones fiscales federales, estatales y municipales;
XIV. Coordinar, autorizar y vigilar la realización de los procesos relacionados con los ingresos y egresos del Tribunal Electoral, que permitan una administración eficiente de los recursos financieros, a fin de determinar la disponibilidad diaria y, en su caso, aprobar la inversión de excedentes de Tesorería;
(REFORMADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
XV. Proponer la optimización de los sistemas informáticos con que cuenta la Dirección General o que se desarrollen para la misma;
XVI. Proponer los procesos para la guarda y custodia del archivo financiero, contable y presupuestal del Tribunal;
XVII. Atender a las instancias de fiscalización en el ámbito de su competencia;
XVIII. Promover la actualización de sistemas de trabajo en aspectos técnicos, presupuestales, fiscales e informáticos;
XIX. Proponer la implementación de sistemas y/o procedimientos en aspectos financieros y presupuestales en las Salas Regionales y vigilar la correcta aplicación y administración de los recursos financieros desconcentrados;
XX. Participar en los Comités que le instruya la Secretaría Administrativa;
XXI. Hacer del conocimiento a las diversas áreas del Tribunal Electoral, el presupuesto que les ha sido autorizado, el avance del ejercicio del presupuesto de manera ágil y oportuna;
XXII. Coordinar el trámite de las adecuaciones al presupuesto autorizadas por la persona titular de la Secretaría Administrativa, debiendo informar de cada una de ellas a la Comisión de Administración;
XXIII. Solicitar en el ámbito de su competencia, las gestiones para la recuperación a través de nómina, por el otorgamiento de viáticos y gastos a comprobar en los plazos que señale la normativa aplicable; y
XXIV. Efectuar las gestiones para el pago de diversos conceptos diferentes a los contemplados en la nómina de las y los servidores públicos del Tribunal, en caso de que la cuenta de deudores diversos refleje saldos a favor, una vez que concluyan su relación laboral.
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación