Artículo 5.
El Tribunal Electoral tiene el deber de establecer protecciones jurídicas especiales en favor de los grupos en situación de vulnerabilidad, considerando sus particulares condiciones de desigualdad o de desventaja, facilitándoles el acceso efectivo a la tutela judicial electoral. Las y los servidores públicos competentes deben proteger el derecho de estos grupos a recibir un trato apropiado en los procedimientos administrativos y judiciales a su cargo.
El Tribunal Electoral implementará programas de capacitación y sensibilización dirigidos a su personal sobre la atención a los grupos en situación de vulnerabilidad, realizará los ajustes necesarios para hacer sus espacios y procedimientos accesibles a las necesidades de estos grupos e implementará políticas laborales que faciliten la contratación de personas pertenecientes a dichos grupos.
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación