Artículo 22.
Las áreas de apoyo de la Secretaría General precisadas en el artículo que antecede tendrán, en el ámbito de su competencia, las siguientes facultades:
I. Mantener actualizado el sistema electrónico de consulta interna y externa;
II. Informar permanentemente a las personas titulares de la Secretaría General y Subsecretaría General de Acuerdos, respecto del funcionamiento y del desahogo de los asuntos del área a su cargo;
III. Auxiliar a la persona titular de la Secretaría General en la elaboración del proyecto del manual de organización y funcionamiento del área a su cargo;
IV. Colaborar y mantener la debida coordinación con los Órganos de Transparencia, dando seguimiento interno y respuesta oportuna a los requerimientos que se les formulen;
V. Elaborar semestralmente y mantener actualizado por rubros, un índice de la información clasificada como reservada;
VI. Proporcionar y mantener actualizada con base en sus facultades y responsabilidades, la información a la que se refiera la normativa en materia de transparencia, para que esté a disposición del público a través del portal de Internet;
VII. Clasificar como reservada o confidencial la información de acuerdo a los criterios que marca la normativa en materia de Transparencia y este Reglamento;
VIII. Organizar los expedientes de su competencia, a través de la integración de los documentos que los conforman, su ordenamiento y catalogación, así como la guarda y custodia de los mismos, de conformidad a los lineamientos correspondientes;
(REFORMADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
IX. Formular las respuestas a las solicitudes de acceso a la información y de protección de datos personales que les turne la Unidad de Transparencia;
X. Las demás que les confieran las disposiciones aplicables.
SECCIÓN 1ª
De la Subsecretaría General de Acuerdos
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación