Artículo 30. La persona titular de la Unidad de Vinculación con Salas Regionales tendrá las facultades siguientes:
I. Coadyuvar con la Secretaría General y la Dirección General de Estadística e Información Jurisdiccional en el cumplimiento de las atribuciones que tiene encomendadas;
II. Llevar el control del registro de los asuntos ingresados y turnados en las Salas Regionales, contando con el apoyo de sus Secretarías Generales;
III. Llevar el control del registro de los asuntos atraídos y delegados, contando con el apoyo de las Secretarías Generales de las Salas Regionales;
IV. Dar seguimiento de los asuntos que se someten al conocimiento de las Salas del Tribunal Electoral;
V. Apoyar a las Secretarías Generales de las Salas Regionales para el eficaz cumplimiento de sus atribuciones;
VI. Elaborar los informes respecto de los asuntos ingresados y resueltos de las Salas Regionales, para su entrega oportuna a las y los Magistrados que las integran;
VII. Informar a las personas titulares de la Secretaría General y de la Subsecretaría General de Acuerdos de la Sala Superior, sobre los asuntos que puedan generar contradicción de criterios entre las Salas del Tribunal Electoral;
VIII. Mantener actualizado, en el ámbito de su competencia, el sistema electrónico de consulta interna y externa; y
IX. Informar permanentemente a la persona titular de la Dirección General de Estadística e Información Jurisdiccional, respecto del funcionamiento del área a su cargo y del desahogo de los asuntos de su competencia.
(ADICIONADA CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
SECCIÓN 4ª (SIC)
De la Unidad de Apoyo Jurisdiccional
(ADICIONADO, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación