TÍTULO SEXTO
Artículo 130. El personal del Tribunal Electoral tiene los derechos...
Artículo 131. Los conflictos laborales entre el Tribunal Electoral y...
Artículo 132. La Comisión Sustanciadora se integrará por: I. Una...
Artículo 133. La Comisión Sustanciadora contará con el personal necesario...
Artículo 134. La Comisión Sustanciadora tendrá las facultades siguientes: I....
Artículo 135. El personal del Instituto podrá comparecer por sí...
Artículo 136. Cuando la demanda resulte obscura o se adviertan...
Artículo 137. Contestada la demanda o transcurrido el plazo para...
Artículo 138. La audiencia de conciliación, admisión, desahogo de pruebas...
Artículo 139. Los incidentes que se susciten durante la sustanciación...
Artículo 140. En el supuesto previsto en el artículo que...
Artículo 141. Cuando por la naturaleza de la incidencia planteada,...
Artículo 142. En caso de que durante la celebración de...
Artículo 143. Los acuerdos dictados en las audiencias podrán ser...