Artículo 2.
Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:
I. Centro: El Centro de Capacitación Judicial Electoral.
II. Comisión de Administración: La Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
III. Comisión Sustanciadora: La Comisión Sustanciadora del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
IV. Comisión de Transparencia: Comisión de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales;
V. Comité de Transparencia: Comité de Transparencia y Acceso a la Información;
VI. Consejo: El Consejo de la Judicatura Federal;
VII. Constitución: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
(ADICIONADA, D.O.F. 4 DE MARZO DE 2016)
VIII. Defensoría Electoral: La Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas del Tribunal;
IX. Expediente Electrónico: Conjunto de información contenida en archivos electrónicos o documentos digitales que conforman el procedimiento de un medio de impugnación en materia electoral o un procedimiento administrativo, independientemente de que sea texto, imagen, audio o video, identificado por una clave específica;
X. FIREL: Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación;
XI. Grupos en situación de vulnerabilidad: Aquellos núcleos de población, grupos y/o personas que por diferentes factores o en conjunción de ellos, enfrentan situaciones que las colocan en riesgo, desventaja o discriminación que impide acceder y ejercer sus derechos en condiciones de igualdad;
XII. Instituto: El Instituto Nacional Electoral;
XIII. Ley de Transparencia: La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental -vigente, hasta en tanto se establezcan los lineamientos a que se refieren los artículos cuarto y octavo Transitorios de la Ley General de Transparencia-.
XIV. Ley Federal de los Trabajadores: La Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado b) del artículo 123 de la Constitución;
XV. Ley General: La Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral;
XVI. Ley General de Instituciones: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales;
XVII. Ley General de Transparencia: La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública -publicada en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de mayo de dos mil quince-.
XVIII. Ley Orgánica: La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
XIX. Órganos de Transparencia: Los Órganos de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
XX. Personal: Las y los servidores públicos o empleados definidos en la Ley Orgánica, que laboran en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
XXI. Reglamento: El Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
XXII. Sala Especializada: La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
XXIII. Sala Superior: La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
XXIV. Salas Regionales: Las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
XXV. Secretaría General: La Secretaría General de Acuerdos de la Sala Superior;
XXVI. Sistema de Justicia en Línea: El sistema informático establecido por el Tribunal Electoral para registrar, controlar, procesar, almacenar, difundir, transmitir, gestionar, administrar, notificar e integrar el respectivo expediente electrónico de los procedimientos de los medios de impugnación en materia electoral competencia del Tribunal Electoral, al cual se tendrá acceso a través del portal de Internet y con la FIREL, atendiendo a los principios de seguridad y garantía, salvaguardando al máximo los derechos humanos de las personas, incluidos, entre otros, los derechos de acceso a la justicia, defensa e intimidad;
XXVII. Suprema Corte: La Suprema Corte de Justicia de la Nación;
XXVIII. Tribunal Electoral: El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
(REFORMADA, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
XXIX. Unidad de Transparencia: La Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; y
(REPUBLICADA, D.O.F. 4 DE MARZO DE 2016)
XXX. Visitaduría Judicial: La Visitaduría Judicial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación