Artículo 172.
La persona titular de la Coordinación Técnica Administrativa tendrá las facultades siguientes:
I. Apoyar a la persona titular de la Secretaría de la Comisión de Administración en la elaboración de la convocatoria, el orden del día y la carpeta de información y documentación de los asuntos a tratar en las sesiones ordinarias y extraordinarias, en coordinación con las áreas del Tribunal Electoral;
II. Confirmar con las áreas responsables los asuntos y los términos de presentación de los acuerdos, así como la información y documentación requerida para su integración a la carpeta de la sesión correspondiente;
III. Coordinar el envío en tiempo y forma a las personas integrantes de la Comisión de Administración de la convocatoria de la sesión que corresponda, así como de la información relativa a los asuntos previstos en la misma;
IV. Elaborar la propuesta de calendario anual de sesiones ordinarias de la Comisión de Administración y presentarlo a la persona titular de la Secretaría de la misma, para su autorización y posterior puesta a consideración de este Órgano;
V. Supervisar y verificar los servicios de apoyo logístico requeridos para las sesiones de la Comisión de Administración;
VI. Auxiliar a la persona titular de la Secretaría de la Comisión, en la elaboración de las actas de las sesiones de la misma, sometiéndolas a la revisión y autorización correspondiente, así como a la firma de los participantes;
VII. Establecer un sistema de registro de los acuerdos tomados en las sesiones de la Comisión, que permita dar seguimiento a la ejecución de los mismos, así como el control de las reformas y adiciones que mediante éstos se aprueben;
VIII. Mantener actualizada la información respecto de los acuerdos emitidos y su vigencia;
IX. Elaborar las constancias que las o los titulares de las áreas requieran en ejercicio de sus facultades, respecto de los acuerdos emitidos por la Comisión de Administración;
X. Rendir periódicamente informes a la Presidencia y a la Secretaría de la Comisión, respecto al seguimiento del cumplimiento de los acuerdos emitidos;
XI. Elaborar la propuesta de informe anual de la Comisión que se integra al Informe de la Presidencia del Tribunal Electoral, para su autorización;
XII. Integrar los Comités y Comisiones que le instruya la Sala Superior y su Presidencia, y
XIII. Las demás que les confieran las disposiciones aplicables.
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación