Artículo 51.
La Presidencia de las Salas Regionales, tendrá las facultades siguientes:
I. Dictar y poner en práctica, en el ámbito de su competencia, los acuerdos y medidas necesarias para el pronto y buen despacho de los asuntos de la Sala Regional;
II. Proponer a la Sala Regional, el proyecto de acuerdo general por el que se habiliten días y horas hábiles para la sustanciación y resolución de asuntos urgentes;
III. Proponer a la Sala Regional, durante proceso electoral, el proyecto de Acuerdo General por el que se suspenda el cómputo de los plazos, en la sustanciación y resolución, de los juicios para dirimir los conflictos o diferencias laborales de las y los servidores del Instituto;
IV. Presentar a la Presidencia del Tribunal Electoral y a la Comisión de Administración, un informe anual de actividades, de acuerdo con los lineamientos establecidos por esta última;
V. Informar a la Presidencia de la Comisión de Administración sobre la designación y el desempeño del personal jurídico, administrativo y técnico adscrito a la Sala Regional;
VI. Designar a la o el secretario que cubrirá la ausencia temporal de algún Magistrado o Magistrada que no exceda de treinta días, así como en aquellos casos en los que resulte fundada una excusa o un impedimento;
VII. Someter a consideración de la Sala Superior, la propuesta de designación de la o el Secretario que cubrirá la ausencia mayor de treinta días, o bien, la definitiva de algún Magistrado o Magistrada en tanto se realiza la elección respectiva, en este último supuesto;
VIII. Delegar facultades entre el personal jurídico, administrativo o técnico de la Sala Regional, salvo aquellas que, por disposición legal, deba ejercer personalmente;
IX. Proponer, bajo los lineamientos establecidos por la Comisión de Administración, a las personas titulares de las diversas unidades de la Sala Regional;
X. Proveer lo necesario para la utilización y actualización del acervo normativo y bibliohemerográfico de la Sala Regional;
XI. Vigilar, en el ámbito de su competencia, el buen desempeño y funcionamiento de la Sala Regional;
XII. Vigilar, en el ámbito de su competencia, el cabal cumplimiento de los acuerdos dictados por la Sala Superior y por la Comisión de Administración;
XIII. Promover el apego a los valores y principios de la ética judicial electoral entre el personal de la Sala Regional; y
XIV. Las demás que les confieran las disposiciones aplicables.
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación