Artículo 189.
El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Obra Pública es un órgano colegiado permanente encargado de dictaminar, discutir, proponer y, en su caso, autorizar la adquisición de bienes y contratación de servicios, arrendamientos, obra pública y servicios relacionados con la misma que se requieran para el funcionamiento del Tribunal Electoral; para lo cual se integrará y funcionará conforme al Acuerdo General que emita la Comisión de Administración, respetando la paridad de género.
Las sesiones del Comité serán públicas y deberán ser transmitidas por medios telemáticos en tiempo real. A dichas sesiones podrá asistir personal de otras dependencias, instituciones educativas, catedráticas y en general cualquier persona en calidad de observadora, para hacer más transparentes los procesos de adquisición. La participación de los anteriores estará regida por los acuerdos que para tal efecto emita la Comisión de Administración.
Structure Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación