Artículo 97. De conformidad con las características, complejidad y magnitud de los trabajos que se requieran y con base en las condiciones de pago que se establezcan en los contratos, el Instituto podrá optar por contratar obras públicas o servicios relacionados con las mismas mediante las modalidades de contratación que tiendan a garantizar al Instituto las mejores condiciones disponibles en cuanto a tiempo, costo y calidad de los trabajos, de acuerdo con los siguientes tipos de contratos:
I. A precios unitarios;
II. A precio alzado, y
III. Mixtos.
A Precios Unitarios
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas