Artículo 26. La DEA, por conducto de la DRMS y con el propósito de fortalecer los procesos necesarios para la implementación y cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento, promoverá, en la medida de lo posible, la automatización de tales procesos para que su funcionamiento sea uniforme a nivel central, delegacional y subdelegacional, de manera que se evite con esto la discrecionalidad en las contrataciones, se mejore y asegure en todo momento la salvaguarda de la información mediante su clasificación según lo establecido en el Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública y se impida su utilización indebida.
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas