Artículo 136. La bitácora deberá contener como mínimo lo siguiente:
I. Las hojas originales y sus copias deberán estar foliadas y con el número del contrato de que se trate;
II. Se debe contar con un original para el Instituto y al menos dos copias, una para el contratista y otra para la residencia de obra o la supervisión;
III. Las copias deberán ser desprendibles, no así las originales, y
IV. En el contenido de cada nota se deberán precisar, según las circunstancias de cada caso: número, clasificación, fecha, descripción del asunto y en forma adicional ubicación, causa, solución, prevención, consecuencia económica, responsabilidad si la hubiere y fecha de atención, así como la referencia, en su caso, a la nota que se contesta.
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas