Artículo 54. Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, el Instituto podrá, sin necesidad de formalizar contrato alguno, realizar trabajos de mantenimiento, conservación o reparación de equipos, instalaciones o inmuebles propiedad del Instituto, cuyo monto no rebase los novecientos salarios mínimos diarios vigentes en el Distrito Federal, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, mediante una orden de trabajo cuyo formato cuente previamente con la aprobación del Comité. En ningún caso el importe total de los trabajos podrá ser fraccionado para quedar comprendidos en el supuesto a que se refiere este artículo.
Los trabajos que se lleven a cabo mediante una orden de trabajo los deberán realizar personas físicas o morales preferentemente reconocidas en su especialidad en la localidad que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, así como la experiencia, recursos e infraestructura necesarios para su ejecución. Para lo anterior, será necesario que el Instituto a través del titular del Órgano Central, Delegacional o Subdelegacional responsable de los trabajos a efectuar, emita previamente un acuerdo fundado y motivado en el que se especifique que cumple con dichos requisitos.
El titular del Órgano Central, Delegacional o Subdelegacional responsable de los trabajos requerirá previamente a la persona física o moral que realice los trabajos, original y copia para su cotejo de los siguientes documentos:
I. Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
II. Registro Federal de Contribuyentes.
III. Comprobante de domicilio.
V. Identificación oficial vigente con fotografía.
Para efectos de recepción y pago de los trabajos, la persona física o moral deberá entregar al Instituto, anexo a la factura debidamente requisitada, escrito firmado por el que dicha persona garantice los trabajos respectivos por un plazo que no podrá ser menor de tres meses.
Por Administración Directa
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas