Artículo 88. Cuando el Instituto opte por no realizar licitación pública, el escrito a que alude el párrafo segundo del artículo 87 de este Reglamento contendrá lo siguiente:
I. Descripción general de los trabajos;
II. El procedimiento de contratación seleccionado y la fundamentación del supuesto de excepción;
III. El o los criterios o razones que se tienen para justificar el ejercicio de la opción;
IV. Fecha probable de inicio de los trabajos y su plazo de ejecución;
V. Nombre y firma del titular del área responsable de la ejecución de los trabajos, y
VI. El lugar y fecha de su emisión.
2. Justificación del Ejercicio de la Opción
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas