Artículo 45. Los contratistas inscritos deberán mantener actualizado su registro e informar a la DRMS cualquier cambio o modificación de los datos que se consignan en el artículo 43 de este Reglamento.
El registro en el padrón de contratistas permanecerá vigente desde la fecha de su emisión hasta el 31 de enero de cada año, por lo que los interesados deberán renovar con la debida oportunidad dicho registro y actualizar la información solicitada.
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas