Artículo 7. Los Órganos Centrales, Delegacionales y Subdelegacionales deberán sujetarse estrictamente en la contratación y ejecución de las obras públicas, incluyendo los servicios relacionados con las mismas, al contenido de las convocatorias que les dieron origen, las cuales emanarán de los procedimientos y requisitos que se establecen en este Reglamento.
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas