Artículo 171. En cualquier momento los contratistas o los prestadores de servicios relacionados con la obra pública que contraten con el instituto, podrán presentar ante la Contraloría solicitud de conciliación por desavenencias derivadas del cumplimiento de los contratos.
La solicitud que presente el contratista o prestador de servicios relacionados con la obra pública deberá hacerlo por escrito en el que se precisará el nombre, denominación o razón social de quien o quienes la promuevan, en su caso de su representante legal, domicilio para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas, la petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición y el lugar y fecha de su emisión. La solicitud deberá estar firmada por el interesado o su representante legal.
El contratista o prestador de servicios relacionados con la obra pública deberá adjuntar a su escrito los documentos que acrediten su personalidad, debiendo hacer referencia al objeto, vigencia y monto del contrato y, en su caso, a los convenios modificatorios, debiendo adjuntar dichos instrumentos, así como las copias de su escrito inicial y anexos para las áreas del Instituto involucradas en la contratación de que se trate.
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas