Artículo 116. Las estimaciones presentadas por conceptos de trabajo incluidos en el catálogo original se integrarán de acuerdo con la información, especificaciones y formatos que para tal efecto se entreguen al contratista, pero invariablemente se acompañarán de los siguientes documentos:
a. Factura: Por el importe total de la estimación, más el IVA.
b. Generadores de obra: De cada uno de los conceptos de trabajo, donde se establezcan las cantidades de trabajo a pagar mediante su representación gráfica y especificación numérica.
c. Álbum fotográfico: En el que se presenten fotografías por cada uno de los conceptos de trabajo ejecutados e incluidos en la estimación.
d. Notas de Bitácora: Copia de las notas de bitácora relativas al inicio, desarrollo y/o conclusión de los conceptos de trabajo incluidos en la estimación.
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas