Artículo 44. Para participar en los procedimientos licitatorios que lleve a cabo el Instituto y contratar obras o servicios relacionados con las mismas no será necesario que los licitantes se encuentren inscritos en el padrón de contratistas del Instituto.
2. De la Actualización del Registro
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas