Artículo 48. Los Órganos Centrales, Delegacionales, y Subdelegacionales de ser el caso, deberán solicitar a la DEA la suspensión o cancelación del registro de los contratistas cuando tengan conocimiento de que éstos proporcionaron información o documentación falsa en su solicitud de inscripción, o por cualquier otra causa que se considere motive la cancelación.
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas