Artículo 62. En todos los procedimientos de contratación el Instituto establecerá los mismos requisitos y condiciones para todos los participantes; y proporcionará a todos los interesados el mismo acceso a la información a efecto de evitar favorecer a algún participante.
Ninguna de las condiciones contenidas en la convocatoria de la licitación o la invitación a cuando menos tres personas, ni en las proposiciones presentadas podrá ser negociadas; no obstante, el Instituto podrá solicitar a los licitantes aclaraciones o información adicional, en los términos establecidos previamente en la misma convocatoria.
Los participantes en los procedimientos de adjudicación mediante licitación pública o por invitación a cuando menos tres personas los licitantes únicamente podrán presentar una sola proposición, la que una vez iniciado el acto de presentación y apertura de proposiciones no podrán retirar o dejar sin efecto.
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas