Artículo 140. Por lo que se refiere a los contratos de supervisión, la bitácora deberá contener como mínimo las modificaciones autorizadas a los alcances del contrato, sus ampliaciones o reducciones y los resultados de las revisiones que efectúen los Órganos Centrales, Delegacionales y Subdelegacionales del Instituto, así como las solicitudes de información que tenga que hacer el contratista para efectuar las labores encomendadas.
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas