Artículo 32. Será responsabilidad de los Órganos Centrales, Delegacionales y Subdelegacionales la adecuada planeación de los trabajos de conservación y mantenimiento de los inmuebles que ocupen para su funcionamiento y operación en función del presupuesto que se les autorice en cada ejercicio presupuestal. Para tal efecto, deberán considerar en la planeación de las obras públicas y servicios relacionados con las mismas incluir los trabajos de conservación y mantenimiento de los inmuebles propios del Instituto.
Lo anterior tiene por objeto implementar las medidas preventivas necesarias en todos los espacios e instalaciones de los inmuebles que utilicen y evitar, en lo posible, que se presenten gastos mayores por emergencias e imprevistos ocasionados por determinarse solamente mantenimientos correctivos.
2. De la Programación
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas