Artículo 173. La Contraloría emitirá acuerdo por el que se admita a trámite la solicitud de conciliación y ordenará correr traslado a las áreas del Instituto involucradas en la contratación de que se trate, con copia de la solicitud presentada y anexos correspondientes, requiriéndoles que dentro de un plazo no mayor de seis días hábiles remitan los argumentos con los que den contestación a cada uno de los hechos manifestados por el contratista o prestador de servicios relacionados con la obra pública, anexando copia de la documentación relacionada con los mismos.
Structure Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas