Artículo 63. Compete a la Unidad de Evaluación del Desempeño:
I. Coordinar la evaluación del desempeño a que se refiere la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como su seguimiento, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a la Secretaría de la Función Pública y al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, con la participación de las unidades administrativas competentes de la Secretaría y, cuando corresponda, de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal;
II. Coordinar la planeación para la programación presupuestaria orientada a resultados, así como las acciones que se requieran para mejorar la eficiencia, el desempeño y transparencia en el ejercicio del gasto público, con la participación de las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
III. Participar, en los términos de las disposiciones aplicables, en las instancias de coordinación en materia de seguimiento y evaluación del desempeño del gasto público y sus resultados;
IV. Expedir, en el ámbito de las atribuciones de la Secretaría y con la participación que corresponda a otras instancias competentes, las disposiciones necesarias para la operación del presupuesto basado en resultados y del Sistema de Evaluación del Desempeño y, en general, en materia de seguimiento y evaluación del desempeño, así como opinar, en el ámbito de su competencia, sobre las disposiciones que en dicha materia elabore la Secretaría de la Función Pública;
V. Establecer mecanismos de coordinación y cooperación en materia de seguimiento y evaluación del desempeño, con la Secretaría de la Función Pública, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y las demás instancias de la Administración Pública Federal que se requieran, así como, cuando corresponda, con las entidades federativas y, por conducto de éstas, con los municipios y con las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, conforme a las disposiciones aplicables;
VI. Participar, en el marco de la planeación nacional del desarrollo y en el ámbito del presupuesto basado en resultados, en la definición de la política de gasto público y, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, apoyar la definición de niveles de gasto y su distribución en la formulación de los programas, proyectos y presupuestos, con base en el Sistema de Evaluación del Desempeño;
VII. Emitir dictamen, previa opinión de las Direcciones Generales de Programación y Presupuesto sectoriales correspondientes, sobre los programas sectoriales, regionales y especiales de la Administración Pública Federal, así como aprobar los programas institucionales a cargo de las entidades paraestatales sectorizadas y no sectorizadas y verificar su congruencia en materia de planeación, programación y presupuesto;
VIII. Emitir las disposiciones y metodologías para la suscripción por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal de los instrumentos de mejora del desempeño, incluso de convenios, bases de desempeño y compromisos específicos de resultados;
IX. Concertar con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los objetivos, indicadores y metas del Sistema de Evaluación del Desempeño, con la intervención que corresponda a las unidades administrativas competentes de la Secretaría y de la Secretaría de la Función Pública en el ámbito de sus respectivas competencias, así como validar los indicadores estratégicos para su inclusión, en su caso, en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda;
X. Coordinar la elaboración y emitir conjuntamente con la Secretaría de la Función Pública y el Consejo Nacional para la Evaluación de la Política de Desarrollo Social, el Programa Anual de Evaluación para el ejercicio fiscal que corresponda, así como las normas, lineamientos, mecanismos y términos de referencia, vinculados con su ejecución;
XI. Coordinar, en el ámbito de competencia de la Secretaría, el seguimiento y la evaluación del desempeño de los recursos federales, incluyendo los que ejercen las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, con base en el Sistema de Evaluación del Desempeño;
XII. Participar en la integración de los informes y reportes que el Ejecutivo Federal envíe al Congreso de la Unión;
XIII. Administrar, de manera coordinada con la Secretaría de la Función Pública en el ámbito de sus respectivas competencias, los sistemas de información que aseguren la operación del presupuesto basado en resultados y del Sistema de Evaluación del Desempeño, así como participar con las instancias competentes, en su desarrollo, actualización y vinculación con los diversos sistemas de la Secretaría;
XIV. Dar seguimiento a la difusión y publicidad de los resultados de las evaluaciones del desempeño y al cumplimiento de los mecanismos para el seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora derivados de informes y evaluaciones a los programas federales de la Administración Pública Federal de conformidad con el Programa Anual de Evaluación y las disposiciones aplicables, en coordinación con otras instancias competentes;
XV. Establecer mecanismos para la ejecución y seguimiento de los aspectos susceptibles de mejora derivados de las evaluaciones del desempeño, con la participación que corresponda a otras instancias competentes del ámbito federal y local;
XVI. Apoyar a los gobiernos locales, en los términos de las disposiciones aplicables y con la participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, en el proceso de seguimiento y evaluación del desempeño de los programas financiados con recursos públicos;
XVII. Realizar estudios, investigaciones, informes especializados y emitir recomendaciones en materia de seguimiento y evaluación del desempeño;
XVIII. Proponer mejoras al proceso presupuestario, con base en el seguimiento de indicadores y los resultados de las evaluaciones;
XIX. Coordinar las acciones de formación y capacitación en materia de presupuesto basado en resultados y del Sistema de Evaluación del Desempeño;
XX. Participar en foros y eventos nacionales e internacionales en materia de evaluación del desempeño;
XXI. Impulsar y fortalecer la cultura de la planeación y evaluación del desempeño, con la participación de instancias nacionales e internacionales especializadas en dichas materias;
XXII. Dar seguimiento y evaluar el desempeño del gasto público federalizado, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
XXIII. Participar, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, en el análisis e implementación de las normas, metodologías y procedimientos técnicos aprobados por el Consejo Nacional de Armonización Contable en el ámbito de la Administración Pública Federal, y
XXIV. Representar a la Subsecretaría de Egresos, cuando por instrucciones superiores así se establezca, en las sesiones de los órganos de gobierno y grupos de trabajo de las entidades y dependencias de la Administración Pública Federal, organismos públicos autónomos, y comités técnicos de fideicomisos públicos.
Structure Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público