Artículo 109. Las unidades administrativas de la Secretaría retendrán en todo momento las facultades que el Ejecutivo Federal les confiere en este Reglamento, incluso en el caso de que el Secretario delegue sus facultades al respecto.
(ADICIONADO, D.O.F. 10 DE OCTUBRE DE 2012)
Structure Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público