ARTÍCULO 7.- El ejercicio normal del mando exige, de parte de todo militar, un conocimiento perfecto de sus deberes y derechos; manteniéndose constantemente dentro del espíritu de las prescripciones reglamentarias, ningún militar que lo ejerza debe vacilar en tomar la iniciativa, y aceptar las responsabilidades de su empleo.
Structure Reglamento General de Deberes Militares