ARTÍCULO 273.- Procurará que la instrucción primaria encomendada a la escuela de tropa, se dé con toda regularidad y de acuerdo con los programas que fije la Secretaría de Guerra. Todos los individuos de tropa están obligados a concurrir puntualmente a ella en el ciclo que les corresponda.
Structure Reglamento General de Deberes Militares