ARTÍCULO 185.- No obstante que el servicio económico de unidad de que forman parte se turnará diariamente entre los subalternos, debe entenderse obligatorio para todos ellos vigilar el buen orden, aseo y disciplina de los individuos de tropa del cuerpo, aun cuando sea fuera del cuartel. El que por desidia desatienda esta obligación, se hará acreedor a severos castigos.
Structure Reglamento General de Deberes Militares