ARTÍCULO 209.- Cuando la reposición de algún implemento, arma, municiones, vestuario, monturas o equipo, deba hacerse por cuenta del soldado o clase, entregará al Detall una relación valorada de las piezas que falten o deban reponerse para que, pasada al Consejo Administrativo solicite de la superioridad la autorización para hacer el descuento.
Structure Reglamento General de Deberes Militares