ARTÍCULO 203.- Conocerá por sus nombres a las individuos que le estén directamente subordinados, procurando estudiar sus facultades, para utilizarlos en los diferentes casos que se presenten. Tendrá cuidado de no coartar la iniciativa de sus inferiores no dando muchas explicaciones y detalles cuando dicte ordenes, dejando que se cumplan con entera libertad, sin omitir las correcciones que juzgue convenientes.
Structure Reglamento General de Deberes Militares