ARTÍCULO 112.- A la hora de limpiar hará el aseo general de su caballo con todo esmero, quitándole el barro, polvo o cualquiera substancia que irrite la piel y ocasione enfermedades. Le lavará diariamente los cascos, cerciorándose de que está bien herrado, de que no falsea y de cualquiera alteración que note en él dará parte inmediatamente.
Structure Reglamento General de Deberes Militares