CAPÍTULO VI
ARTÍCULO 268.- El Comandante es ante la Superioridad, el único...
ARTÍCULO 269.- vigilará la ejecución de todos los servicios y...
ARTÍCULO 270.- Como responsable ante la Superioridad de la disciplina...
ARTÍCULO 271.- Asistirá con frecuencia a las Academias de oficiales...
ARTÍCULO 272.- Dará personalmente la instrucción de conjunto a todo...
ARTÍCULO 273.- Procurará que la instrucción primaria encomendada a la...
ARTÍCULO 274.- Procurará estimular por todo los medios posibles a...
ARTÍCULO 275.- Mensualmente rendirá a la Superioridad, noticia de la...
ARTÍCULO 276.- Cada fin de año organizará un pequeño período...
ARTÍCULO 277.- Con las calificaciones obtenidas formará por triplicado un...
ARTÍCULO 278.- Siempre que una autoridad superior presencie las evoluciones...
ARTÍCULO 279.- Hará que todos sus actos se caractericen por...
ARTÍCULO 280.- Se esforzará en hacer que la conducta militar...
ARTÍCULO 281.- Procurará que tanto los oficiales como la tropa...
ARTÍCULO 282.- Procurará desarrollar en todo el personal a sus...
ARTÍCULO 283.- Oirá con atención las quejas que sus inferiores...
ARTÍCULO 284.- Por ningún motivo permitirá discusiones de carácter político...
ARTÍCULO 285.- Deberá graduar los castigos que impongan sus inferiores...
ARTÍCULO 286.- Tendrá especial cuidado en que los castigos sean...
ARTÍCULO 287.- Revistará frecuentemente el ganado, exigiendo que esté siempre...
ARTÍCULO 288.- En los días en que el Cuerpo de...
ARTÍCULO 289.- Dará aviso a la Secretaría de Guerra luego...
ARTÍCULO 290.- Podrá ordenar, en las unidades subalternas de su...
ARTÍCULO 291.- Nombrará para la comisión de Subayudantes del cuerpo...
ARTÍCULO 292.- Deberá, bajo su más estricta responsabilidad, dar curso...
ARTÍCULO 293.- Visitará con frecuencia la Oficina de Administración o...
ARTÍCULO 294.- Hará que en el cuerpo a su mando...
ARTÍCULO 295.- Atenderá y estudiará cuidadosamente cualquier iniciativa que presenten...
ARTÍCULO 296.- Proporcionará a quien corresponda, con cargo al gasto...
ARTÍCULO 297.- Visitará periódicamente a los enfermos de su corporación...
ARTÍCULO 298.- Evitará que entre el personal a sus órdenes...