ARTÍCULO 164.- los ordenanzas son individuos de tropa, cuya misión principal es vigilar y cuidar la oficina militar a que se les destine, evitando que a la misma entren personas extrañas, sin orden superior. Tendrán especial cuidado en conservar en perfecto estado de aseo local en que presten sus servicios, así como los muebles y enseres de las oficinas y serán los encargados de llevar a su destino la correspondencia oficial.
Structure Reglamento General de Deberes Militares