ARTÍCULO 215.- Cuando algún individuo de su Unidad deba pasar al Hospital, al recibir el aviso que para el efecto le gire el Médico, formulará el pase correspondiente y recabará las firmas del Jefe del Detall, o administración, del Comandante de Cuerpo y Comandante de la Zona o Guarnición, según corresponda, comunicándolo al Pagador para los efectos del Certificado de último pago.
Structure Reglamento General de Deberes Militares