ARTÍCULO 118.- Para la limpieza y conservación del armamento, tendrá bajo su responsabilidad en su respectiva Escuadra, la herramienta necesaria y evitará que los soldados hagan uso de lijas, pomadas para metales u otras materias que rayen el pavón y destruyan las armas o municicnes (sic).
Structure Reglamento General de Deberes Militares