TÍTULO X
ARTÍCULO 325.- El mando militar residirá en una sola persona...
ARTÍCULO 326.- Es titular, cuando se ejerce en propiedad por...
ARTÍCULO 327.- Es interino, cuando se ejerce por orden de...
ARTÍCULO 328.- El mando interino de los cuerpos de tropa...
ARTÍCULO 329.- El mando es accidental, cuando se ejerce por...
ARTÍCULO 330.- Es incidental, cuando un inferior lo desempeña por...
ARTÍCULO 331.- Con el mando interino o accidental se tendrán...
ARTÍCULO 332.- Con el mando incidental, sólo se tendrán obligaciones...
ARTÍCULO 333.- El mando accidental o incidental recaerá en el...
ARTÍCULO 334.- Cuando concurran en un mismo punto diversos cuerpos...
ARTÍCULO 335.- La antigüedad de los Generales del Ejército, sólo...
ARTÍCULO 336.- Ni con el mando o cargo accidental que...
ARTÍCULO 337.- El mando de tropas reunidas de un modo...
ARTÍCULO 338.- Los Comandantes de las fuerzas reunidas en un...
ARTÍCULO 339.- El militar que por las circunstancias previstas en...