ARTÍCULO 267.- Además de las obligaciones que como segundo Comandante se le señalan en el presente reglamento, tendrá las que para el Jefe de Administración previene el reglamento respectivo; en la inteligencia de que mientras se pone en vigor éste, el funcionamiento de su Oficina de Detall se regirá por las disposiciones vigentes; en el desempeño de dicha función tendrá como auxiliar, al personal que le designe el citado reglamento o la planilla orgánica correspondiente.
Structure Reglamento General de Deberes Militares