ARTÍCULO 355.- Se confrontarán los cargos que tengan los comandantes de compañía, escuadrón o batería con los datos que existan en el Detall, firmando los estados y relaciones respectivos, los comandantes, el que entrega, el que recibe y el interventor. Las faltas y deficiencias que se notaren se harán figurar en el acta de procedimiento.
Con estos documentos se formarán los legajos necesarios, dándoseles el mismo destino que a los que se hacen para la entrega de una Comandancia.
c). Entrega de una Compañía, Escuadrón o Batería.
Structure Reglamento General de Deberes Militares