ARTÍCULO 287.- Revistará frecuentemente el ganado, exigiendo que esté siempre en buen estado de servicio, siendo responsable de que el forraje que se le ministre sea de buena calidad y en cantidad suficiente y, por lo menos una vez al mes, pasará revista de armas, municiones, vestuario, monturas y equipo, para cerciorarse personalmente del estado en que se encuentren, practicando también el reconocimiento de los objetos que existan en el Depósito.
Structure Reglamento General de Deberes Militares