ARTÍCULO 180.- En todas las circunstancias darán ejemplo a sus subordinados en el porte, en la conducta y en el estricto apego al cumplimiento del deber. Se interesarán por ellos, los interrogarán con frecuencia, los guiarán con sus consejos; vigilarán que sean tratados dignamente y que reciban todo lo que el Gobierno da para ellos, dando cuenta al capitán si observan algo anormal a este respecto. Con su solicitud y su atención mantendrán la mejor armonía entre todo el personal de su unidad, aumentando a su cohesión y su aptitud para la guerra.
Structure Reglamento General de Deberes Militares